HERNIA CERVICAL

Un lector nos escribe planteando la situación de una trabajadora, sin embargo hacemos la salvedad que el análisis se realizará considerando la información por el suministrada.

Es el caso de una trabajadora le “detectan una enfermedad (hernia en la cervical) la mandan de reposo por un año y certifican la enfermedad por Inpsasel, la Empresa la manda a operar saliendo todo satisfactorio, pero!!!  El Medico de Inpsasel le dice que el patrono tiene que remunerarla con 500.000 bolívares por la enfermedad”

La interrogante planteada por el consultante es si la empresa tiene la obligación de cancelar el monto indicado y si es el correcto.

El caso es bastante interesante y aprovecharemos para analizar todos los aspectos que pudiesen estar presentes:

Elementos a considerar:

–       Una hernia cervical

–       La empresa la manda ha operar, siendo esta satisfactoria

–       Enfermedad certificada por el INPSASEL

–       Dura de reposo un año

–       El Médico del INPSASEL le dice que el patrono tiene que remunerarla con Bs. 500.000,00 por la enfermedad

Análisis y consideraciones de los elementos en base a la información suministrada

Una hernia cervical:

  1. Si la misma ha sido diagnostica por un médico indudablemente no hay razón para dudar de la capacidad del mismo. Lo importante es que el profesional de la medicina de la empresa o del servicio de seguridad y salud en el trabajo hayan tenido en cuenta y determinado su origen
  2. En cuanto al origen, el médico de la empresa o el servicio de seguridad y salud en el trabajo (SSST) debe hacer considerado los diferentes criterios para determinar si la hernia es de carácter ocupacional o si fue agravada por ocasión del trabajo. Ya que esta información será considerada por el INPSASEL
  3. En caso que la enfermedad fue adquirida fuera de la empresa, debió haber sido diagnosticada por el médico en los exámenes que le son practicado al trabajador: al momento de ingresar a trabajar, pre y posvacacional o en el examen anual que se le debe realizar al trabajador.
  4. Si la enfermedad fue adquirida en el transcurso del tiempo que ha estado trabajando, el trabajador en algún momento debió haber manifestado la molestia, y quizás tomado reposo, en consecuencia el galeno de la empresa tuvo que haberlo reflejado en los informes de morbilidad que mes a mes deben realizar y analizar con el Comité. Al ser repetitivo hubo que haberse analizado, notificado y recomendado el cambio de puesto de trabajo para evitar que se agravara.
  5. Consideremos que la trabajadora no fue al médico de la empresa, el supervisor tuvo que haberse enterado de la molestia y notificado al médico o a Recursos Humanos.
  6. Bajo el mismo criterio del punto anterior, la trabajadora en algún momento tuvo que haber salido de reposo (incapacidad temporal) por dolores en la cervical, Recursos Humanos debió haber comenzado la indagación donde involucrara al médico de la empresa. En el esquema siguiente se señala como debe ser la actuación en caso que un trabajador manifieste cualquier dolencia:

La empresa la manda a operar siendo satisfactoria (operación)

En este punto hay varios aspectos a considerar relacionado con la intervención quirúrgica del trabajador:

  1. Se infiere que el si el empleador la mandó a operar es que la trabajadora al momento de diagnosticársele la hernia cervical no estaba inscrita en el IVSS
  2. En caso que la trabajadora si se encontraba asegurada, el empleador no tenía la obligación legal de asumir la responsabilidad de la intervención quirúrgica; inferimos que lo hiso por solidaridad
  3. Considerando la aseveración suministrada por lector donde indicaba que la operación fue satisfactoria, el médico especialista  quien realizó la operación debió haber indicado si existía alguna limitación para realizar algún trabajo
  4. En ese sentido el médico de la empresa consiente actividades que realizaba la trabajadora y las características o exigencias del puesto debió haber recomendado el cambio de puesto o modificación de éste, de acuerdo a lo establecido en el artículo 100 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

Enfermedad certificada por el INPSASEL

El INPSASEL, es el ente que por mandato de los artículos 18 y 76 LOPCYMAT y 16 del reglamento ejusdem. Indudablemente los profesionales del instituto debieron haber considerado los criterios establecidos para determinar si un cuadro patológico es de origen ocupacional.

El Médico del INPSASEL le dice que el patrono tiene que remunerarla con Bs. 500.000,00 por la enfermedad

  1. Para determinar si existe una indemnización por enfermedad o accidente de trabajo lo primero que debe hacer representante del instituto es el de determinar si hubo o no culpa del empleador, ya el artículo 129 de la LOPCYMAT que establece:

 “… en caso de ocurrencia de un accidente o enfermedad ocupacional como consecuencia de la violación de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo por parte del empleador o de la empleadora, éste deberá pagar al trabajador o trabajadora, o a sus derechohabientes una indemnización en los términos establecidos en esta Ley…”

  1. En segundo lugar monto de la indemnización está determinado por: el salario que devenga el trabajador y el grado de discapacidad calificada. Información esta que no fue suministrada por el lector.

Es nuestro deseo el haber ayudado a nuestros lectores y alumnos en materia de Seguridad Ocupacional

Jesús Agüero Sosa

aguero@cantv.net

56 comentarios en “HERNIA CERVICAL

  1. mayela morezu

    hola mi esposo tiene trabajando 25 años en la empresa y lo despidieron el presentó dolores de columna a los seis años de estar trabajando en la empresa eso fue en el 1999 segun los el informe médico es hernia lumbal. El viernes 25-08-16 lo despidieron el debe ir a inpsasel para que le hagan chequeo de la columna. Y la empresa cuando sale de vacaciones no le han hecho resonancias

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    1. jesusaguerososa Autor

      Si el cree que la lesión fue a consecuencia de las actividades que realizaba al estar trabajando puede ir al INPSASEL sin ningún inconveniente

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  2. jesusaguerososa Autor

    Melanie, de manera arbitraria no pueden reducirte la jornada.Te sujiero que negocies un permiso no remunerado elmtiempo que estas en las terapias.

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  3. jesusaguerososa Autor

    Yesenia. Como tu lo has dicho es un desgaste, ese debe ser algo natural de las personas, estas patologías están asociadas a: edad, estilo de vida, alimentación y hasta genético.
    Habría que determinar si hubo un agravamiento por parte de las actividades que realizabas.
    Ties hasta cinco años desde el momento que sales de la empresa

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  4. RAFAEL

    HOLA BUENAS TARDES QUISIERA PLANTEAR MI CASO ESPERO ME AYUDE TENGO CINCO AÑOS EN LA EMPRESA EN EL AÑO 2014 LA EMPRESA MANDO HACER RESONACIAS A LOS CUATROS TRABAJADORES DEL AREA DEL ALMACEN LA CUAL A MIS COMPAÑEROS LE ENTREGARON SUS RESULATDOS Y A MI ME DIJERON SOLAMENTE QUE HABIA SALIDO BIEN MAS NO ME ENTREGARON RESULTADOS ESTUVE PIDIENDO MIS RESULTADOS Y NUNCA ME DABAN RESPUESTAS… HACE TRES SEMANAS REALIZANDO MIS LABORES ME DIO UN DOLOR DE ESPALDA ZONA LUMBAR AL CUAL REPORTE A EL ENCARGADO YA QUE LA SUPERVISORA ESTABA DE VACACIONES Y NO HAY DELEGADOS DE SEGURIDAD PUES SOLO ME DIJERON USE SU SEGURO Y VALLA AL MEDICO LO CUAL HICE NO AGUANTABA MAS EL DOLOR PUES ME MANDARON HACER UNA RESONANCIA Y TENGO DOS HERNIAS EN LA ZONA LUMBAR AHORA MI PREGUNTA ES ¿ ELLOS DE ALGUNA MANERA ME OCULTARIAN MI ENFERMEDAD Y POR ESO NO ME ENTREGARON LOS RESULTADOS ? ¿TIENEN DERECHO DE NO ENTREGARME LOS RESULTADOS ? QUE PUEDO HACER

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    1. jesusaguerososa Autor

      Rafael, la LOPCYMAT es muy clara el empleador debe inofrmar de los resultados de los exámenes. Consulta la ley

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  5. agustin tovar

    hola muy buen dìa soy agustin tovar mi caso es el siguiente actualmente estoy trabajando en una empresa como analista de facturacion me han diagnosticado una hernia en la columna cervical tengo 3 años en la empresa y en los examenes que me hacian cada vez que salia y entraba de vacaciones solo me aparecian una hernia humbilical actualmente estoy de reposo apenas tengo tengo 4 resposos consecutivos y en los estudios que me he realizado ya me dijeron que por los momentos no debo operarme, sin embargo mi fisiatra no quiere darme de alta puesto puesto que presento constractura muscular y rectificacion de cervical tambien.
    me corresponde reintegrarme el 28/12/2015 a la labor pero me estan diciendo que no aceptaran otro reposo como este que es mejor que haga mis deligencias por el IVSS para la incapacidad ¿que Hago?

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    1. jesusaguerososa Autor

      Los médicos son quienes determinan si puedes o no reintegrarte a laborar. Si aspiras a que te den una incapacidad total no te la van a dar, probablemente te den una parcial y manden a reubicarte de puesto.

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  6. ana mejias

    buenos dias… trabajo en una empresa de venta de alimentos el área donde laboro es la parte de perecedero y mi ocupación es de charcutera especializada.. obvio que en mi área es un poco ruda ya que el levantar cestas y piezas que pesan hasta 5 kilos es normal… llevo solo un año trabajando..hace unos días comenze con dolor en el cuello yo lo achaque a estrés luego me voy con una contractura muscular tan fuerte que no soportaba el medico que me reviso de emergencia me reconmendo un traumatologo y fui me mando a hacer una resonancia y me dicto una hernia cervical en la parte c-4 y c-5 y lirdosis se lo que eso acarrea … y ps yo solo buque en mi empresa un cambio de área que hasta ahora me a sido negada.. la verdad comenze a trabajar bajo limitaciones pero en el área es imposible.. ya que sigo haciendo todo lo que me prohibieron…

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  7. victor Hernandez

    Buenas tardes.
    Dr. Mi consulta es la siguiente, es obligacion del patrono cancelar los gastos medicos de una trabajador que necesite ser operado de una hernia discal, por una presunta enefermedad ocupacional que fue declara via online mas no fue certificada aun por el inpsasel.El mismo goza de un HCM
    agradeciendo su respuesta.

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  8. Daniel

    Hoy 4 de SEptiembre insapsel me entrego mi certificacion de enfermedad ocupacional, de 26,3%. pregunto que hago con ella y para que sirve.. Tengo 12 años laborando para la empresa donde trabajo y 48 años de edad.

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    1. jesusaguerososa Autor

      La certificación debe decir que estas incapacitado parcialmente para laborar en el pusto actual. Llevala al empleador y considerando tus limitaciones deberan redimensionar el puesto ocambiarte a otro que no agrave la limitación que tienes

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  9. Enrique

    Buenas tardes fui diagnosticado con dos hernias cervicales junto con una rectificación de la lordosis ahora bien mi trabajo es de pies trabajo como recepcionista y no posee el hotel ergonómia principalmente debido a que debo ver hacia abajo ya que el teclado lo tengo prácticamente a la altura de la cintura eso entre otras cosas … he hablado con varias personas inclusive los delgados de prevención de mi empresa pero no pueden hacer más solo el permitirme sentarme de vez en cuando… con quien debería dirigirme o que organismo se encargaría de verificar si las condiciones de trabajo son las más idóneas para mi condición o si por el contrario causarían aun mas daño? Debo acotar que desde que me reincorpore del reposo sigo presentando dolor en uno de los hombros y brazo derecho al igual que un repetido dolor de cabeza …..

    gracias de antemano

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    1. jesusaguerososa Autor

      Enrique. Has la notificación por escrito en primer lugar a tu jefe de inmediato, posteriormente al gerente segudamente al médico de la empresa y después al comité, de no ser atendido ve al INPSASEL y ponlo al tanto a fin de que abran la correspondiente investigación

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  10. Edgar Barrera

    Buenos días mi pregunta es la siguiente, en mi trabajo tenemos el caso de una persona que tiene afectado el manguito rotador, la pregunta es la siguiente ; el patrono debe pagar la operación de ese trabajador? mil gracias por su atención.

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    1. jesusaguerososa Autor

      Edgar, mi pregunta sería: lo tienes inscrito en el IVSS? si la respuesta es SI, no estas obligado, de lo contrario si

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